Nueva Ley 27347

Nuevos agravantes por delitos viales.262_original
Expresamos nuestra conformidad con la ley aprobada por el Congreso de la Nación que incorpora agravantes por delitos viales, tal como lo expresáramos el año pasado en reunión de Comisión de Diputados, de la cual participamos reclamando sobre algunos aspectos que fueron incluidos.
Reiteramos que es un avance, pero sólo un paso, y mientras los jueces sigan ciegos y sordos ante la gravedad de las consecuencias de la violencia vial, estamos lejos de lograr justicia. Nuestro compromiso es continuar apoyando iniciativas y propuestas de mejora al Código Penal para prevenir y reparar, lo irreparable de las muertes viales evitables.

Síntesis de la ley aprobada:
Contempla delitos viales y aumenta la escala de penas para este tipo de hechos.
La modificación más importante tiene que ver con un agregado al artículo 84 del actual Código Penal, que establece un agravante de tres a seis años de prisión para una serie de casos.
Esta penalidad se aplicará si el conductor se da a la fuga, si no intenta socorrer a la víctima, o se encuentra bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre (en el caso de conductores de transporte público) o un gramo por litro de sangre en los demás casos. El agravante también incluye a quienes conducen con un exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, o si conducen estando inhabilitados para hacerlo por autoridad competente, o violan la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación.
Además, se incorpora la “culpa temeraria”, un nuevo concepto que apunta a los casos donde el conductor, además de cometer el hecho, lo hace “a sabiendas de que está causando un daño”.

Descargar el archivo PDF de la nueva ley.

                                                          Familiares de las víctimas de la tragedia de Santa Fe.