Un fallo ejemplar que nos permite aún tener esperanza en la Justicia administrada por algunos Jueces.
Hacemos un reconocimiento al Dr. Mansilla porconfirmar el fallo de primera instancia que juzga por triple homicidio culposo. Rescatamos parte del fundamento: “la ebriedad voluntaria es una circunstancia agravante” para valorar en los términos de los arts. 40 y 41 del Código Penal”, para concluir que es “plenamente válida la mención del juzgador a la prevención general positiva para determinar la pena que busca la conservación y el refuerzo de la confianza en la firmeza y el poder de ejecución del ordenamiento jurídico, en relación con la cita del precedente ‘LERNER’ (Se. 7/08 STJRNSP), en el sentido de una grave emergencia vial en nuestra provincia”.
Si quieren hacer Justicia, la Leyes están, pero no todos los Jueces las aplican comprendiendo la gravedad de la situación vial de nuestro país.
Nos gustaría conocer tu opinión.
de la Bahía periodismo digital